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 <channel>
  <title><![CDATA[blog.justizia.net]]></title>
  <link>http://www.justizia.net</link> 
  <description><![CDATA[Subscripción a Preguntas frecuentes - Administración de Justicia en Euskadi]]></description>
  <language>es-ES</language>
  <ttl>2</ttl>

		
		
		
		
		
		
		
			<pubDate><![CDATA[Thu, 10 May 2012 08:35:57 +0200]]></pubDate>

		<item>
			<title><![CDATA[Objetivo, evitar los desahucios en Euskadi]]></title>
			<link>http://blog.justizia.net/objetivo-evitar-los-desahucios-en-euskadi</link>
			<description><![CDATA[<p>Miles de familias vascas est&aacute;n perdiendo sus casas. No pueden afrontar el pago de la hipoteca y los bancos finalmente se est&aacute;n quedando con lo que hasta ese momento hab&iacute;a sido su hogar.</p>
<p>Seg&uacute;n datos de la Consejer&iacute;a de Justicia y Administraci&oacute;n P&uacute;blica, el n&uacute;mero de desahucios en Euskadi se ha duplicado en los &uacute;ltimos cuatro a&ntilde;os. Para acabar con esta lacra motivada por la crisis el Gobierno Vasco ha puesto en marcha un servicio de ayuda al sobreendeudamiento familiar. En palabras de la consejera Idoia Mendia, se trata de un &ldquo;salvavidas de seguridad para las personas en riesgo de sufrir un desahucio&rdquo;.</p>
<p><strong>Asesoramiento, mediaci&oacute;n y desahucios</strong></p>
<p>Tres son las medidas sobre las que se centra el plan puesto en marcha por el Gobierno Vasco:</p>
<p><strong>Asesoramiento a la hora de contratar una hipoteca</strong>. A trav&eacute;s de Kontsumobide, la ciudadan&iacute;a podr&aacute; recibir todo tipo de informaci&oacute;n sobre sus derechos y las precauciones que debe adoptar antes de contratar una hipoteca.</p>
<p>El asesoramiento consistir&aacute; en dos fases: primero, se eval&uacute;a la situaci&oacute;n de cada persona antes de contratar el pr&eacute;stamo y, despu&eacute;s, se proponen pautas de actuaci&oacute;n para que esa persona nunca pierda el control sobre la que posiblemente vaya a ser la mayor inversi&oacute;n de su vida, la compra de una vivienda. En definitiva, se trata&nbsp; de asesorar a las personas para que contraten la hipoteca que mejor se adec&uacute;e a sus circunstancias.</p>
<p>Si est&aacute;s interesado en recibir asesoramiento previo a la contrataci&oacute;n de una hipoteca ponte en contacto con Kontsumobide-Instituto Vasco de Consumo (<a target="_blank" href="http://www.kontsumobide.euskadi.net/y10-kbhome/es/">www.kontsumobide.net</a>).</p>
<p><strong>Mediaci&oacute;n entre el banco y las familias sobreendeudadas</strong>. Consiste en un servicio gratuito del Departamento de Justicia para las personas que no puedan hacer frente a su pr&eacute;stamo hipotecario, siempre que &eacute;ste no supere los 350.000 euros. El objetivo es mediar para tratar de liquidar la deuda en las mejores condiciones posibles. Para ello, una comisi&oacute;n de expertos se encarga de estudiar tu capacidad econ&oacute;mica, hablar con la entidad financiera y ofrecerte atenci&oacute;n social.</p>
<p>Para acceder a este servicio es imprescindible solicitar cita previa a trav&eacute;s de los siguientes tel&eacute;fonos: Araba, 945 25 02 09 / Gipuzkoa, 943 01 14 96 / Bizkaia, 946 61 32 10 (en el mes de agosto, la atenci&oacute;n telef&oacute;nica es en el 945 01 90 91).</p>
<p><strong>Posibilidad de acceder a una vivienda de protecci&oacute;n social&nbsp; en r&eacute;gimen de alquiler para quienes tras el desahucio est&eacute;n en riesgo de exclusi&oacute;n social</strong>. Y &iquest;cu&aacute;ndo se considera que uno est&aacute; en &ldquo;riesgo de exclusi&oacute;n social&rdquo;? Pues cuando los informes elaborados por los servicios sociales as&iacute; lo certifiquen. La vivienda que se entregue en alquiler se encontrar&aacute; en el &aacute;mbito de la familia desahuciada y pagar&aacute;n por ella en funci&oacute;n de su renta. Adem&aacute;s, el Gobierno Vasco ofrece un sistema de compra de viviendas de protecci&oacute;n hipotecadas para liberar a las personas desahuciadas de la deuda contra&iacute;da con el banco. De este modo, se pretende que las entidades financieras vuelvan a facilitar cr&eacute;ditos para la compra de una VPO puesto que ser&aacute; el propio Gobierno Vasco quien se encargue de asumir el riesgo de morosidad del mercado hipotecario.</p>
<ul>
    <li>Para m&aacute;s informaci&oacute;n sobre horarios de atenci&oacute;n al p&uacute;blico, datos de contacto o documentaci&oacute;n que debes presentar para acceder a esta ayuda consulta el <a target="_blank" href="http://www.justizia.net/servlet/Satellite?blobcol=urldata&amp;blobheader=application%2Fpdf&amp;blobheadername1=Content-Disposition&amp;blobheadervalue1=filename%3DSASF-CAS.pdf&amp;blobkey=id&amp;blobtable=MungoBlobs&amp;blobwhere=1290508235169&amp;ssbinary=true&amp;miVar=1336632213251">folleto del Gobierno Vasco sobre el Servicio de Ayuda al Sobreendeudamiento Familiar</a>.</li>
    <li><strong>Zuzenean</strong>, servicio de atenci&oacute;n ciudadana. Tel&eacute;fono <strong>012</strong></li>
</ul>]]></description>
			<guid isPermaLink="true">http://blog.justizia.net/objetivo-evitar-los-desahucios-en-euskadi</guid>
			<pubDate><![CDATA[Thu, 10 May 2012 08:35:57 +0200]]></pubDate>
		</item>
		
		
		
		
		
		
		
		<item>
			<title><![CDATA[La Justicia está en obras, retoques en el Derecho de Manifestación, Ley del Jurado, oposiciones, menores...]]></title>
			<link>http://blog.justizia.net/la-justizia-esta-en-obras-retoques-en-el-derecho-de</link>
			<description><![CDATA[<p>La Justicia necesita una gran reforma. Eso es lo que debe pensar Alberto Ruiz-Gallard&oacute;n, puesto que desde su entrada en el Ministerio de Justicia hace apenas 5 meses, son ya muchos los cambios anunciados. Copago en Justicia, Ley del Aborto, Ley del Menor, celebraci&oacute;n de matrimonios por parte de los notarios, habilitar el mes de agosto para la celebraci&oacute;n de juicios, instauraci&oacute;n de la cadena perpetua&hellip; son algunas de las medidas anunciadas desde que se puso al frente del Ministerio de Justicia en diciembre de 2011.</p>
<p>Esta misma semana, se ha vuelto&nbsp; a hablar de cambios. Estas son las nuevas propuestas de Gallard&oacute;n y los matices a otras reformas que ya anunci&oacute; hace meses:</p>
<p><strong>Prisi&oacute;n permanente revisable.</strong> Se aplicar&aacute; &ldquo;exclusivamente&rdquo; a los delitos de terrorismo y no a los de agresi&oacute;n sexual contra menores. Esta medida est&aacute; vigente en pa&iacute;ses como Francia, Reino Unido&nbsp; y Dinamarca y, en principio, su finalidad es la reinserci&oacute;n social. Sobre este tema, Gallard&oacute;n lo tiene claro: &ldquo;es un mecanismo excepcional que solamente debe ser aplicado en aquellos casos en que la sociedad considera que no hay a&ntilde;os bastantes, si no se produce la reinserci&oacute;n social, para que una persona recupere la libertad&rdquo;. Por eso, ha decido que esta medida s&oacute;lo se aplicar&aacute; a los delitos de terrorismo, porque s&oacute;lo en su caso &ldquo;se puede acreditar si efectivamente ha habido una decisi&oacute;n firme de abandono de esa actividad terrorista&rdquo;.</p>
<p><strong>Delitos de agresi&oacute;n sexual contra menores.</strong> Este tipo de delitos ver&aacute;n sus penas endurecidas en la reforma del C&oacute;digo Penal que se remitir&aacute; al Congreso antes del verano, y que comenzar&aacute; su tramitaci&oacute;n parlamentaria en oto&ntilde;o.&nbsp;</p>
<p><strong>Derecho de Manifestaci&oacute;n. </strong>El titular de Justicia ha asegurado que &ldquo;el Gobierno jam&aacute;s se va a alejar de la defensa de un derecho constitucional como es el de manifestaci&oacute;n&rdquo;. Ha negado que se est&eacute; estudiando &ldquo;limitar en modo alguno este derecho&rdquo; y ha asegurado que de lo que se est&aacute; hablando &ldquo;no es del ejercicio del derecho de manifestaci&oacute;n, sino de un aut&eacute;ntico atentado callejero, que es lo que nosotros queremos en estos momentos modificar&rdquo;.</p>
<p><strong>Cambios en la Ley del Jurado. </strong>Se modificar&aacute; la Ley del Jurado para contribuir a corregir algunos defectos de funcionamiento.</p>
<p><strong>Plazas de jueces y fiscales.</strong> Esta medida ha sido ampliamente rechazada por los colectivos de jueces y fiscales, a&uacute;n as&iacute;, Gallard&oacute;n se reafirma en su decisi&oacute;n aunque ya ha dicho que lamenta que este a&ntilde;o no vayan a convocarse plazas de jueces y fiscales. Dice que esta decisi&oacute;n la ha tomado &ldquo;con todo el dolor de coraz&oacute;n&rdquo; como consecuencia de la gravedad de la crisis econ&oacute;mica que padecemos.</p>]]></description>
			<guid isPermaLink="true">http://blog.justizia.net/la-justizia-esta-en-obras-retoques-en-el-derecho-de</guid>
			<pubDate><![CDATA[Mon, 23 Apr 2012 08:49:46 +0200]]></pubDate>
		</item>
		
		
		
		
		
		
		
		<item>
			<title><![CDATA[¿Quién debe pagar las tasas judiciales?]]></title>
			<link>http://blog.justizia.net/quien-debe-pagar-las-tasas-judiciales</link>
			<description><![CDATA[<p>Por el momento, s&oacute;lo se van a librar de pagar las tasas judiciales aquellas personas a las que se les ha concedido la <strong>asistencia jur&iacute;dica gratuita</strong>. De hecho, uno de los objetivos del copago es precisamente financiar este servicio de justicia gratuita. Adem&aacute;s, las tasas judiciales tambi&eacute;n persiguen acabar con el <strong>colapso de los juzgados </strong>y frenar la mala utilizaci&oacute;n de la Justicia.</p>
<p>Estas tasas existen en Espa&ntilde;a para las empresas desde 2002. Ahora, aumenta la cuant&iacute;a de las mismas y se extienden tambi&eacute;n a los ciudadanos que quieran presentar una demanda en primera instancia o un recurso en segunda. Con las nuevas tasas, por ejemplo, recurrir un expediente de regulaci&oacute;n de empleo costar&aacute; 500 euros y poner una demanda mediante un proceso monitorio pasar&aacute; a costar 100 euros (antes costaba la mitad).</p>
<p>A trav&eacute;s de estas tasas judiciales el Gobierno pretende recaudar cerca de <strong>300 millones de euros</strong>, frente a los 172 millones obtenidos en 2010.</p>
<p>As&iacute; quedan <strong>las nuevas tasas judiciales</strong>:</p>
<p><span id="_CSEMBEDTYPE_=inclusion&amp;_PAGENAME_=JustiziaBlog%2FImageFile%2FJNETDetalleImageFile&amp;_cid_=1290168249699&amp;_c_=ImageFile"><i>[Contenido incluido(Id:1290168249699;Tipo:ImageFile)]</i></span></p>
<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p>]]></description>
			<guid isPermaLink="true">http://blog.justizia.net/quien-debe-pagar-las-tasas-judiciales</guid>
			<pubDate><![CDATA[Tue, 10 Apr 2012 08:56:23 +0200]]></pubDate>
		</item>
		
		
		
		
		
		
		
		<item>
			<title><![CDATA[Te doy mi casa para saldar la deuda]]></title>
			<link>http://blog.justizia.net/te-doy-mi-casa-para-saldar-la-deuda</link>
			<description><![CDATA[<p>La crisis econ&oacute;mica ha llevado al l&iacute;mite a miles de familias que adem&aacute;s de quedarse sin trabajo, tienen que ver c&oacute;mo pierden sus casas y encima mantienen la <strong>deuda con el banco</strong>.</p>
<p>&iquest;Y c&oacute;mo es posible que se llegue a esta situaci&oacute;n? Pues porque hubo una &eacute;poca de esplendor en la que comprar una casa por encima de tus posibilidades era muy sencillo y, aunque los precios estaban exageradamente inflados, los bancos te daban todas las facilidades que quer&iacute;as para acceder a esas casas a cambio de <strong>hipotecas interminables</strong>.</p>
<p>El resultado es que tras la crisis, <strong>miles de familias se han quedado en paro</strong>, no han podido hacer frente al pago de sus hipotecas y han perdido su casa, pero adem&aacute;s mantienen una deuda millonaria con el banco porque <strong>los precios de sus pisos han ca&iacute;do en picado</strong>.</p>
<p>Para acabar con este drama, el Gobierno estudiar llevar a cabo una serie de reformas y establecer un <strong>C&oacute;digo de Buenas Pr&aacute;cticas</strong> al que se podr&aacute;n adherir de manera voluntaria las entidades financieras. De momento, son ya varios los bancos y cajas que han aceptado el C&oacute;digo (Banco Santander, Bankinter, Banco Sabadell y Catalunya Caixa han sido los primeros), eso s&iacute;, <strong>a cambio de ventajas fiscales</strong>.</p>
<p>Una de las principales caracter&iacute;sticas de este C&oacute;digo de Buenas Pr&aacute;cticas es la posibilidad de que las familias puedan saldar su deuda con la entrega de su piso al banco, lo que se conoce como <strong>daci&oacute;n en pago</strong>. Adem&aacute;s, los afectados podr&aacute;n retrasar el desalojo de su vivienda hasta dos a&ntilde;os mediante el pago de un <strong>alquiler social</strong>.</p>
<p>El Gobierno establece que para acogerse a esta pr&aacute;ctica deben darse las siguientes circunstancias:</p>
<ul>
    <li>La <strong>cuota hipotecaria debe ser mayor del 60% de los ingresos</strong> de la unidad familiar.</li>
    <li>Todos los miembros de la familia deben estar en <strong>paro</strong>.</li>
    <li>La vivienda tiene que ser <strong>la primera y &uacute;nica</strong> que posee la familia.</li>
    <li>El <strong>valor del piso</strong> no debe superar:
    <ol>
        <li>Los 200.000 euros en poblaciones de m&aacute;s de un mill&oacute;n de habitantes.</li>
        <li>Los 180.000 euros en poblaciones de m&aacute;s de 500.000 habitantes.</li>
        <li>Los 150.000 euros en poblaciones de m&aacute;s de 100.000 habitantes.</li>
        <li>Los 120.000 euros en municipios con menor poblaci&oacute;n.</li>
    </ol>
    </li>
</ul>
<p>Seg&uacute;n estos criterios, <strong>en el Pa&iacute;s Vasco s&oacute;lo podr&aacute;n acogerse a esta medida las familias cuya vivienda no supere los 150.000 euros</strong>. Y es que en Euskadi no hay poblaciones de m&aacute;s de un mill&oacute;n de habitantes ni de medio mill&oacute;n. Pero es que adem&aacute;s, dentro de la categor&iacute;a de municipios de m&aacute;s de 100.000 habitantes s&oacute;lo se encuentran las tres capitales vascas y Barakaldo, por lo que las posibilidades de acogerse a la daci&oacute;n en pago en esta comunidad son bastante reducidas.</p>
<p>Seg&uacute;n la portavoz de la plataforma <strong>S</strong><strong>top Desahucios en Euskadi</strong>, Marta Uriarte, el C&oacute;digo de Buenas Pr&aacute;cticas s&oacute;lo beneficiar&aacute; al 1% de los afectados si tenemos en cuenta que el precio medio de los pisos en el Pa&iacute;s Vasco ronda los 300.000. Marta Uriarte considera que estos ratios deben adaptarse a la realidad de cada territorio, porque el precio del ladrillo no es igual aqu&iacute; que en Galicia o Extremadura.</p>]]></description>
			<guid isPermaLink="true">http://blog.justizia.net/te-doy-mi-casa-para-saldar-la-deuda</guid>
			<pubDate><![CDATA[Mon, 26 Mar 2012 09:00:39 +0200]]></pubDate>
		</item>
		
		
		
		
		
		
		
		<item>
			<title><![CDATA[¿Quiénes se libran de realizar el máster de acceso a la Abogacía?]]></title>
			<link>http://blog.justizia.net/quienes-se-libran-de-realizar-el-master-de-acceso-a-la</link>
			<description><![CDATA[<p>La Ley de acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales obliga a los licenciados a realizar un m&aacute;ster de pr&aacute;ctica jur&iacute;dica <strong>para poder colegiarse</strong>. Esta Ley, aprobada en 2006, afecta a todos los que no hayan conseguido la <strong>licenciatura antes de octubre de 2011</strong>.</p>
<p>Pero esta ley, tambi&eacute;n tiene sus &ldquo;peros&rdquo;. Y el actual ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallard&oacute;n, ha cedido a la demanda de los estudiantes. De modo que finalmente habr&aacute; <strong>cuatro excepciones al master</strong>:</p>
<ol>
    <li>Todos <strong>aquellos que se matricularon antes de que se aprobara la ley</strong> en octubre de 2006 no tendr&aacute;n que realizar el postgrado si en un plazo de dos a&ntilde;os, una vez finalizada la carrera, proceden a colegiarse.</li>
    <li>Quienes se matricularon en la licenciatura de Derecho despu&eacute;s de 2006 <strong>quedar&aacute;n exentos de la parte te&oacute;rica del postgrado</strong>. S&oacute;lo ser&aacute; necesario que cumplan con la parte pr&aacute;ctica.</li>
    <li>Aquellos estudiantes que solicitaron la <strong>homologaci&oacute;n de un t&iacute;tulo extranjero</strong> antes de que entrara en vigor la ley quedar&aacute;n exentos siempre y cuando se colegien en un plazo m&aacute;ximo de dos a&ntilde;os desde que obtengan la homologaci&oacute;n.</li>
    <li>Tampoco se exigir&aacute; el t&iacute;tulo profesional a <strong>los estudiantes que obtuvieron su licenciatura antes de la ley de 2006</strong> pero tendr&aacute;n que colegiarse en un plazo de dos a&ntilde;os.</li>
</ol>
<p>Consulta la <a target="_blank" href="http://www.justizia.net/servlet/Satellite?blobcol=urldata&amp;blobheader=application%2Fpdf&amp;blobheadername1=Content-Disposition&amp;blobheadervalue1=filename%3Dley-acceso-34-2006.pdf&amp;blobkey=id&amp;blobtable=MungoBlobs&amp;blobwhere=1290508167945&amp;ssbinary=true">Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales</a>.<br />
&nbsp;</p>]]></description>
			<guid isPermaLink="true">http://blog.justizia.net/quienes-se-libran-de-realizar-el-master-de-acceso-a-la</guid>
			<pubDate><![CDATA[Mon, 19 Mar 2012 09:42:43 +0100]]></pubDate>
		</item>
		
		
		
		
		
		
		
		<item>
			<title><![CDATA[Justizia.net, finalista en los Premios @asLAN a Administraciones y Organismos públicos]]></title>
			<link>http://blog.justizia.net/justizianet-finalista-en-los-premios-aslan-a</link>
			<description><![CDATA[<p>El portal p&uacute;blico de la Administraci&oacute;n de Justicia en Euskadi, <a href="http://www.justizia.net/inicio" target="_blank">Justizia.net</a>, ha sido seleccionado <strong>finalista en la categor&iacute;a &ldquo;Justicia e Interior&rdquo;</strong> en la &ldquo;<a target="_blank" href="http://www.siti.es/CasosdeExito">IV Convocatoria de Premios @asLAN a Administraciones y Organismos p&uacute;blicos</a>&rdquo;.&nbsp; Esta iniciativa, organizada por la Asociaci&oacute;n @asLAN, tiene como objetivo reconocer experiencias de &eacute;xito en la Administraci&oacute;n P&uacute;blica espa&ntilde;ola en la aplicaci&oacute;n y uso de las TIC.&nbsp;</p>
<p>En esta cuarta edici&oacute;n de los premios han concursado un total de <strong>71 iniciativas</strong> de&nbsp; 59 Organismos P&uacute;blicos, entre los que han sido seleccionados 24 finalistas a trav&eacute;s de un proceso abierto que ha contado con la participaci&oacute;n de 635 profesionales.</p>
<p>El acto de entrega de estos galardones tendr&aacute; lugar <strong>el pr&oacute;ximo 29 de marzo</strong> durante la clausura de la Feria y Congreso especializado en redes y tecnolog&iacute;as IP, SITI/asLAN&rsquo;2012. La gala de entrega de los premios estar&aacute; presidida por Borja Adsuara,&nbsp; Director General de la entidad p&uacute;blica Red.es, perteneciente al Ministerio de Industria, Energ&iacute;a y Comercio.</p>
<ul>
    <li><strong>Acerca de @asLAN</strong>: La Asociaci&oacute;n de proveedores de sistemas de red, internet y telecomunicaciones @asLAN&nbsp; se constituy&oacute; en 1989 y su misi&oacute;n ha sido siempre la promoci&oacute;n y difusi&oacute;n de las tecnolog&iacute;as de redes y telecomunicaciones en Espa&ntilde;a en el &aacute;mbito empresarial. Actualmente la Asociaci&oacute;n @asLAN agrupa m&aacute;s de un centenar empresas entre las que se encuentran los principales fabricantes de red, integradores, distribuidores y operadores de telecomunicaciones.</li>
    <li><strong>&iquest;Quieres apoyar la candidatura de Justizia.net a los Premios @asLAN?</strong> Ya est&aacute; abierto el plazo para elegir entre los tres finalistas a la mejor iniciativa en la categor&iacute;a &ldquo;Justicia e Interior&rdquo;. Para participar en la votaci&oacute;n, <a href="http://www.siti.es/CasosdeExito" target="_blank">tienes que registrarte en la web de la Feria SITI aslan&acute;12</a> y dentro de la categor&iacute;a &ldquo;Justicia e Interior&rdquo; votar por Justizia.net &iexcl;Participa!</li>
</ul>]]></description>
			<guid isPermaLink="true">http://blog.justizia.net/justizianet-finalista-en-los-premios-aslan-a</guid>
			<pubDate><![CDATA[Thu, 8 Mar 2012 09:38:45 +0100]]></pubDate>
		</item>
		
		
		
		
		
		
		
		<item>
			<title><![CDATA[¿Un notario me puede casar?]]></title>
			<link>http://blog.justizia.net/un-notario-me-puede-casar</link>
			<description><![CDATA[<p>De momento la respuesta es no. Aunque la medida fue anunciada a principios de febrero por el ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallard&oacute;n, <strong>todav&iacute;a no es posible</strong> que un notario case a una pareja ni les divorcie.</p>
<p>Adem&aacute;s, son muchos los colectivos que se han <strong>posicionado en contra de esta f&oacute;rmula</strong> y que consideran que as&iacute; s&oacute;lo se crear&aacute; inseguridad jur&iacute;dica a los ciudadanos y que no conseguir&aacute;n eliminar ni los retrasos ni los colapsos de la Justicia.</p>
<p>La letrada M&oacute;nica Ruiz, socia de ABA Abogadas, llega a&uacute;n m&aacute;s lejos en sus consideraciones y apunta, en declaraciones a Diario Jur&iacute;dico, que esta medida puede llegar a convertirse en <strong>un coladero para los matrimonio de conveniencia</strong>. En la actualidad, los funcionarios de los Registros Civiles someten a los futuros contrayentes a ex&aacute;menes de hechos objetivos para luchar con este fraude. Sin embargo, la abogada M&oacute;nica Ruiz tiene serias dudas de que los notarios hagan estos puntillosos controles.</p>
<p>Si hablamos ya de la posibilidad de celebrar divorcios de mutuo acuerdo, el asunto se complica a&uacute;n m&aacute;s; sobre todo, si tenemos en cuenta que muchas veces pueden verse implicados tambi&eacute;n los hijos menores de la pareja. Para la abogada M&oacute;nica Ruiz, es importante saber que la labor del juez no es s&oacute;lo la de homologar un convenio, sino la de asegurar que los pactos alcanzados entre los c&oacute;nyuges van a poder ser cumplidos en un futuro y, si no es as&iacute;, van a poder ser ejecutables ante un Juzgado. Adem&aacute;s, su experiencia en los Juzgados le permite afirmar que precisamente los procedimientos de divorcio de mutuo acuerdo, con o sin menores, no son los que colapsan los Tribunales ya que en estos casos no se celebra ning&uacute;n juicio y los jueces se limitan a aprobar el convenio si &eacute;ste se ajusta a la legalidad.</p>
<p>Y t&uacute; &iquest;qu&eacute; opinas? &iquest;Crees que un notario puede sustituir la figura de un juez y celebrar bodas y divorcios de mutuo acuerdo? &iquest;Est&aacute;s de acuerdo con que esta f&oacute;rmula puede agilizar los Tribunales?</p>]]></description>
			<guid isPermaLink="true">http://blog.justizia.net/un-notario-me-puede-casar</guid>
			<pubDate><![CDATA[Fri, 2 Mar 2012 11:52:12 +0100]]></pubDate>
		</item>
		
		
		
		
		
		
		
		<item>
			<title><![CDATA[¿Quién puede ser indultado?]]></title>
			<link>http://blog.justizia.net/quien-puede-ser-indultado</link>
			<description><![CDATA[<p>Hace unos d&iacute;as sali&oacute; de la c&aacute;rcel el preso com&uacute;n m&aacute;s antiguo de Espa&ntilde;a. Miguel Montes Neiro ingres&oacute; por primera vez en prisi&oacute;n en 1976 por negarse a hacer el servicio militar y desde entonces ha encadenado diferentes condenas hasta sumar cerca de 36 a&ntilde;os entre rejas. Ahora, ha salido de la c&aacute;rcel gracias a dos indultos.</p>
<p>Pero, &iquest;qu&eacute; es un indulto y qui&eacute;n puede beneficiarse de esta medida?</p>
<p>El indulto es una <strong>medida de gracia</strong> por la que el Rey, previa propuesta del ministro de Justicia, concede a un reo condenado por sentencia firme la <strong>remisi&oacute;n total o parcial de su pena</strong>.</p>
<p>A esta medida puede acogerse cualquier reo, independientemente del delito por el que haya sido condenado, y s&oacute;lo le exime de la responsabilidad penal; es decir, s&iacute; que mantendr&iacute;a los <strong>antecedentes penales</strong>.</p>
<p>Para que se le conceda el indulto al reo tienen que darse dos condiciones.&nbsp; Por un lado, que el hecho de que ese preso quede libre no suponga perjuicio a terceras personas ni se lastimen sus derechos. Y por otro lado, que haya sido escuchada la parte ofendida.</p>
<p>Tanto el penado, como sus parientes o cualquier otra persona en su nombre pueden solicitar el indulto. Para ello, basta con que env&iacute;en <strong>un escrito al ministro de Justicia</strong> con toda la informaci&oacute;n judicial y con documentaci&oacute;n que pueda acreditar la reinserci&oacute;n del preso o, si se diera la circunstancia, la informaci&oacute;n relativa al proceso de desintoxicaci&oacute;n en el que est&eacute; inmerso.</p>
<p>En la web del Ministerio de Justicia <a href="http://www.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/es/1200666550200/Tramite_C/1215326294291/Detalle.html?param1=1" target="_blank">puedes descargarte un modelo de solicitud de indulto</a> y tambi&eacute;n puedes obtener m&aacute;s informaci&oacute;n sobre esta medida.</p>]]></description>
			<guid isPermaLink="true">http://blog.justizia.net/quien-puede-ser-indultado</guid>
			<pubDate><![CDATA[Mon, 27 Feb 2012 10:22:36 +0100]]></pubDate>
		</item>
		
		
		
		
		
		
		
		<item>
			<title><![CDATA[Batería de reformas para la Justicia]]></title>
			<link>http://blog.justizia.net/bateria-de-reformas-para-la-justicia</link>
			<description><![CDATA[<p>S&oacute;lo unas horas despu&eacute;s de anunciar cambios en la Ley Org&aacute;nica del Poder Judicial, para que sean los propios jueces quienes elijan a sus jefes, el nuevo ministro de Justicia ha lanzado una bater&iacute;a de reformas legislativas con las que pretende dar un giro de 360 grados a la Justicia.</p>
<p>Algunas de las reformas planteadas que m&aacute;s pol&eacute;mica han suscitado son:</p>
<ul>
    <li><strong>Ley del Menor</strong>: Cuando menores y mayores s vean implicados en un caso de delitos graves, todos ser&aacute;n juzgados e investigados en un &uacute;nico procedimiento.</li>
    <li><strong>Ley de Aborto</strong>: Las menores que deseen interrumpir su embarazo deber&aacute;n contar con el consentimiento paterno.</li>
    <li><strong>Copago</strong>: Imposici&oacute;n de una tasa judicial para las personas que recurran en segunda instancia. As&iacute;, el Gobierno pretende moderar &ldquo;los abusos&rdquo; en el acceso a los &oacute;rganos judiciales.</li>
    <li><strong>Cadena perpetua</strong>: En casos excepcionales de extrema gravedad y falta de arrepentimiento, posibilidad de imponer la pena de prisi&oacute;n permanente revisable.&nbsp;</li>
</ul>
<p>Consulta en <a target="_blank" href="http://www.justizia.net/noticias/gallardon-presenta-su-plan-de-reformas-para-la-justicia">Justizia.net los detalles de todos los proyectos y reformas legislativas</a> anunciadas por el nuevo ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallard&oacute;n.</p>]]></description>
			<guid isPermaLink="true">http://blog.justizia.net/bateria-de-reformas-para-la-justicia</guid>
			<pubDate><![CDATA[Tue, 7 Feb 2012 09:48:20 +0100]]></pubDate>
		</item>
		
		
		
		
		
		
		
		<item>
			<title><![CDATA[Bodas en euskera en Vitoria-Gasteiz]]></title>
			<link>http://blog.justizia.net/bodas-en-euskera-en-vitoria-gasteiz</link>
			<description><![CDATA[<p>En 2010 emprendimos, por iniciativa de la propia magistrada del Registro Civil, una nueva experiencia en Vitoria-Gasteiz, la de <strong>celebrar bodas en euskera sin int&eacute;rprete</strong>. A pesar de que la magistrada no es vascoparlante, la f&oacute;rmula de boda con int&eacute;rprete le parec&iacute;a inapropiada y nada natural, convencida como estaba de que <strong>una ceremonia tan importante merec&iacute;a algo m&aacute;s</strong>. Fue ella la primera que se mostr&oacute; dispuesta a hacer el esfuerzo de celebrar las bodas directamente en euskera.</p>
<p>Una vez tomada la decisi&oacute;n, tuvimos que desarrollar un trabajo de capacitaci&oacute;n ling&uuml;&iacute;stica para poder ofrecer una ceremonia digna. Tuvimos que trabajar el texto que hab&iacute;a que leer en la ceremonia, utilizando tildes y otro tipo de signos para que pudiera pronunciarlo bien y con la entonaci&oacute;n correcta, y preparamos tambi&eacute;n unas grabaciones para que la magistrada pudiera practicar. Con ese material en las manos, realizamos unas<strong> sesiones de capacitaci&oacute;n</strong> y, cuando se sinti&oacute; preparada, comenz&oacute; a celebrar las bodas en euskera, con muy buen resultado y con el <strong>agradecimiento de los contrayentes</strong>.</p>
<p>Por otra parte, se introdujeron modificaciones en el formulario de solicitud, con el objeto de que las parejas tuvieran conocimiento de la posibilidad de celebrar el matrimonio en euskera. Se decidi&oacute; insertar la <strong>opci&oacute;n ling&uuml;&iacute;stica</strong> en el formulario para que los contrayentes supieran que, adem&aacute;s del derecho que les asiste, ten&iacute;an tambi&eacute;n en la pr&aacute;ctica la posibilidad real de hacerlo.</p>
<p>Como consecuencia del trabajo realizado, se celebraron 10 bodas en euskera en Vitoria-Gasteiz, sin recurrir a la int&eacute;rprete, de una manera natural, y respetando la voluntad y los derechos de los contrayentes.</p>
<ul>
    <li><strong>Epaibi </strong>es el equipo de normalizaci&oacute;n ling&uuml;&iacute;stica de Justicia. Uno de sus principales objetivos es conseguir <strong>que la ciudadan&iacute;a pueda ejercer sus derechos ling&uuml;&iacute;sticos</strong> en la Administraci&oacute;n de Justicia. Si quieres conocer m&aacute;s sobre el trabajo diario de <a target="_blank" href="http://www.justizia.net/epaibi-es">Epaibi consulta en Justizia.net el apartado &ldquo;Justicia y Euskera&rdquo;</a>.</li>
</ul>]]></description>
			<guid isPermaLink="true">http://blog.justizia.net/bodas-en-euskera-en-vitoria-gasteiz</guid>
			<pubDate><![CDATA[Mon, 30 Jan 2012 10:32:47 +0100]]></pubDate>
		</item>
		
		
		
		
		
		
		
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			<title><![CDATA[¿Compensa celebrar juicios en agosto?]]></title>
			<link>http://blog.justizia.net/compensa-celebrar-juicios-en-agosto</link>
			<description><![CDATA[<p>Lleg&oacute; el a&ntilde;o nuevo, el nuevo ministro de Justicia y sus nuevas iniciativas. Y una de esas ideas es habilitar el mes de agosto para la celebraci&oacute;n de juicios. Alberto Ruiz Gallard&oacute;n lanz&oacute; esta propuesta a principios de enero durante la presentaci&oacute;n de los pesos fuerte de su equipo y las reacciones no se han hecho esperar.</p>
<p>Un amplio colectivo del personal de Justicia se ha mostrado en contra de esta medida. Considera que habilitar el mes de agosto traer&iacute;a consigo la suspensi&oacute;n de multitud de juicios porque con las vacaciones en medio, muchos testigos, peritos o abogados no se presentar&iacute;an al juicio lo que traer&iacute;a consigo la suspensi&oacute;n del mismo y el consiguiente gasto econ&oacute;mico.</p>
<p>El <strong>Consejo General del Poder Judicial</strong> considera que habilitar procesalmente el mes de agosto no es algo descabellado ya que se ha producido un cambio cultural y se ha perdido la costumbre de coger 30 d&iacute;as seguidos de vacaciones. Por lo tanto, en los juzgados hay personal funcionario que trabaja durante ese mes y la celebraci&oacute;n de vistas en esas fechas ser&iacute;a una manera de rentabilizar los medios materiales y humanos de la Administraci&oacute;n de Justicia.</p>
<p>A favor se muestra tambi&eacute;n la <strong>Asociaci&oacute;n Profesional de la Magistratura</strong> (APM), que representa a la mayor&iacute;a de jueces y juezas. APM aplaude la propuesta de habilitar procesalmente el mes de agosto y propone m&aacute;s medidas para agilizar la Justicia, como por ejemplo la posibilidad de celebrar juicios por la tarde. Respecto a la posibilidad de que se retrasen vistas por la ausencia de abogados o testigos, plantean la reorganizaci&oacute;n de los despachos y la reestructuraci&oacute;n de la planta judicial para evitarlo.</p>
<p>El <strong>Colegio Nacional de Secretarios Judiciales</strong> ve aceptable tambi&eacute;n la iniciativa de Gallard&oacute;n siempre que juzgados y tribunales anuncien los juicios con suficiente antelaci&oacute;n como para que la ciudadan&iacute;a pueda programarse las vacaciones.</p>
<p>Por su parte, <strong>Jueces para la Democracia</strong> (JPD) ve incongruente y poco meditada esta medida y recuerda que a d&iacute;a de hoy la Justicia s&iacute; que funciona en agosto en los procedimientos penales y para actuaciones de tipo urgente, ya que los tribunales pueden habilitar ese mes si lo consideran oportuno.</p>
<p>Sobre este tema, el <strong>Consejo General de la Abogac&iacute;a Espa&ntilde;ola</strong> (CGAE) habla ya de cifras y calcula que, de habilitarse el mes de agosto, la no comparecencia de testigos o peritos acarrear&iacute;a la suspensi&oacute;n de uno de cada diez juicios. Adem&aacute;s, los abogados y abogadas aseguran que esta medida puede ralentizar todav&iacute;a m&aacute;s la actividad de los juzgados durante todo el verano, puesto que magistrados, magistradas y dem&aacute;s personal funcionario se ver&iacute;an obligados a repartir sus vacaciones durante todo el a&ntilde;o y nunca estar&iacute;a la plantilla completa.</p>
<p>As&iacute; que, &iquest;<strong>realmente compensa</strong> celebrar juicios en agosto o hay que sopesar otras medidas como la mediaci&oacute;n y la conciliaci&oacute;n para agilizar la Justicia?</p>]]></description>
			<guid isPermaLink="true">http://blog.justizia.net/compensa-celebrar-juicios-en-agosto</guid>
			<pubDate><![CDATA[Wed, 25 Jan 2012 10:25:57 +0100]]></pubDate>
		</item>
		
		
		
		
		
		
		
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			<title><![CDATA[Mikel ya puede llamarse Amaia]]></title>
			<link>http://blog.justizia.net/mikel-ya-puede-llamarse-amaia</link>
			<description><![CDATA[<p>Los transexuales del Pa&iacute;s Vasco que se encuentren inmersos en los tr&aacute;mites para el cambio de su identidad en el Registro Civil podr&aacute;n solicitar una <strong>documentaci&oacute;n provisional</strong> que acredite su sexo. Esta es una de las medidas incluidas en el <strong>Proyecto de Ley de reconocimiento de los derechos de las personas transexuales</strong> aprobado por el Gobierno Vasco esta semana.</p>
<p>El texto, elaborado por el Departamento de Empleo y Asuntos Sociales, es el segundo de estas caracter&iacute;sticas que se tramita en el Estado (Navarra tambi&eacute;n ha aprobado un proyecto similar).</p>
<p>El objetivo principal del Proyecto de Ley de no discriminaci&oacute;n por motivos de identidad de g&eacute;nero y de reconocimiento de los derechos de las personas transexuales es definir la condici&oacute;n de transexualidad y ampliar as&iacute; la <a href="http://www.justizia.net/servlet/Satellite?blobcol=urldata&amp;blobheader=application%2Fpdf&amp;blobheadername1=Content-Disposition&amp;blobheadervalue1=filename%3Dley-3-2007-rectificacion-registral-transexuales_0.pdf&amp;blobkey=id&amp;blobtable=MungoBlobs&amp;blobwhere=1290508049348&amp;ssbinary=true" target="_blank">ley estatal 3/2007, de 15 de marzo</a>, que regula los requisitos necesarios para el cambio de sexo y el nombre en el Registro Civil.</p>
<p>La <a href="http://www.justizia.net/servlet/Satellite?blobcol=urldata&amp;blobheader=application%2Fpdf&amp;blobheadername1=Content-Disposition&amp;blobheadervalue1=filename%3Dley-3-2007-rectificacion-registral-transexuales_0.pdf&amp;blobkey=id&amp;blobtable=MungoBlobs&amp;blobwhere=1290508049348&amp;ssbinary=true" target="_blank">Ley 3/2007</a> establece que las personas transexuales podr&aacute;n modificar su inscripci&oacute;n registral cuando acrediten mediante <strong>informe m&eacute;dico</strong> que les ha sido diagnosticada una disforia de g&eacute;nero y que adem&aacute;s llevan en <strong>tratamiento </strong>al menos dos a&ntilde;os para acomodar sus caracter&iacute;sticas f&iacute;sicas a las correspondientes al sexo reclamado.</p>
<p>El proyecto aprobado por el Gobierno Vasco quiere <strong>ir un poco m&aacute;s all&aacute; de la consideraci&oacute;n de pertenencia a un sexo o a otro seg&uacute;n los &oacute;rganos genitales</strong> externos. Por ello, amplia el reconocimiento de la transexualidad a aquellas personas que cumplan los siguientes requisitos:</p>
<ol>
    <li>Acreditar mediante <strong>informe m&eacute;dico o psicol&oacute;gico</strong> una <strong>disonancia</strong> estable y persistente entre el sexo biol&oacute;gico y la identidad de g&eacute;nero sentida como propia durante al menos seis meses</li>
    <li>Carecer de <strong>trastornos de personalidad </strong>que induzcan a la persona a error en cuanto a la identidad de g&eacute;nero que manifiesta y pretende que le sea reconocida y que muestre una <strong>voluntad </strong>estable, indubitada y permanente al respecto.</li>
</ol>
<p><strong>Sanidad, empleo y educaci&oacute;n</strong></p>
<p>El Proyecto de Ley de reconocimiento de los derechos de las personas transexuales permitir&aacute; a este colectivo conseguir una documentaci&oacute;n provisional antes incluso de haber conseguido cambiar su identificaci&oacute;n en el Registro Civil.</p>
<p>Adem&aacute;s, el texto elaborado por el departamento de Empleo y Asuntos Sociales que dirige Gemma Zabaleta recoge las siguientes medidas:</p>
<ul>
    <li>Las administraciones vascas estar&aacute;n obligadas a eliminar de sus archivos todas las <strong>referencias a su anterior identidad</strong>.</li>
    <li>En el &aacute;mbito sanitario, se regula la <strong>unidad de referencia en materia de transexualidad</strong> de <strong>Osakidetza</strong>, lo que permitir&aacute; reforzar este servicio m&eacute;dico.</li>
    <li>Respecto al empleo, se crean <strong>medidas para favorecer la contrataci&oacute;n</strong> de personas transexuales en las administraciones vascas.</li>
    <li>Desarrollo de actuaciones en materia de transexualidad en el <strong>&aacute;mbito educativo</strong>.</li>
    <li>Garantizar la permanencia de <a target="_blank" href="https://www6.euskadi.net/r45-contpfc/es/contenidos/informacion/berdindu/es_berdindu/berdindu.html" class="linkexterno">Berdindu</a>, el<strong> servicio de informaci&oacute;n, orientaci&oacute;n y asesoramiento</strong> destinado a las personas transexuales, sus familiares y allegados.&nbsp;</li>
</ul>]]></description>
			<guid isPermaLink="true">http://blog.justizia.net/mikel-ya-puede-llamarse-amaia</guid>
			<pubDate><![CDATA[Fri, 13 Jan 2012 13:45:44 +0100]]></pubDate>
		</item>
		
		
		
		
		
		
		
		<item>
			<title><![CDATA[Se acaba el plazo para acogerse a la Ley de Memoria Histórica]]></title>
			<link>http://blog.justizia.net/se-acaba-el-plazo-para-acogerse-a-la-ley-de-memoria</link>
			<description><![CDATA[<p>El pr&oacute;ximo <strong>27 de diciembre</strong> termina el plazo para solicitar la nacionalidad espa&ntilde;ola por la ley 52/2007, conocida como <strong>Ley de Memoria Hist&oacute;rica</strong>. Esta norma, que entr&oacute; en vigor en 2007, reconoce la injusticia que supuso el exilio de muchos espa&ntilde;oles durante la Guerra Civil y la Dictadura y permite optar a la nacionalidad espa&ntilde;ola a sus descendientes.</p>
<p>Puedes solicitar la nacionalidad espa&ntilde;ola mediante la Ley de Memoria Hist&oacute;rica si te encuentras en uno de los siguientes supuestos:</p>
<ul>
    <li>Si tu padre o madre hubiesen sido originariamente espa&ntilde;oles, aunque no hayan nacido en Espa&ntilde;a.</li>
    <li>Si eres nieto o nieta de espa&ntilde;oles que perdieron o tuvieron que renunciar a la nacionalidad espa&ntilde;ola como consecuencia del exilio.</li>
    <li>Si ya optaste por la nacionalidad espa&ntilde;ola derivativa.</li>
</ul>
<p>En cualquier caso, recuerda que el pazo termina el pr&oacute;ximo 27 de diciembre. As&iacute; que si te encuentras en alguno de los supuestos anteriores, <strong>te quedan s&oacute;lo unos d&iacute;as</strong> para poder acogerte a esta Ley.</p>
<ul>
    <li>Consulta toda la informaci&oacute;n sobre la <a href="http://www.justizia.net/nacionalidad/ley-memoria-historica/presencial" target="_blank">Ley de Memoria Hist&oacute;rica en Justizia.net</a>.</li>
    <li>Y si no puedes acogerte a la Ley de Memoria Hist&oacute;rica, pero <a href="http://www.justizia.net/nacionalidad" target="_blank">deseas obtener la nacionalidad espa&ntilde;ola</a>, en Justizia.net tambi&eacute;n puedes encontrar toda la informaci&oacute;n que necesitas.</li>
</ul>]]></description>
			<guid isPermaLink="true">http://blog.justizia.net/se-acaba-el-plazo-para-acogerse-a-la-ley-de-memoria</guid>
			<pubDate><![CDATA[Fri, 23 Dec 2011 12:25:44 +0100]]></pubDate>
		</item>
		
		
		
		
		
		
		
		<item>
			<title><![CDATA[Quiero poner una queja]]></title>
			<link>http://blog.justizia.net/quiero-poner-una-queja</link>
			<description><![CDATA[<p>La Administraci&oacute;n de Justicia se encuentra entre las entidades que m&aacute;s quejas recibe por parte de la ciudadan&iacute;a, superando muchas veces a cualquier empresa.</p>
<p>Las personas tienen la sensaci&oacute;n de que la Justicia est&aacute; politizada, o de que los jueces son parciales en muchas ocasiones y que nadie les juzga por sus decisiones injustas. Las separaciones contenciosas y las custodias compartidas son tambi&eacute;n temas espinosos, as&iacute; como la excesiva dilaci&oacute;n en los procedimientos o el trato recibido por el personal funcionario.</p>
<p>Para gestionar tu queja a la Administraci&oacute;n de Justicia en Euskadi puedes <a target="_blank" href="http://www.justizia.net/reclamaciones-sugerencias/presencial">recabar informaci&oacute;n en nuestra secci&oacute;n de Servicios y Tr&aacute;mites</a>, o <a target="_blank" href="http://www.justizia.net/reclamaciones-sugerencias"><strong>tramitarla directamente por Internet</strong></a>, lo que har&aacute; que se ponga en marcha un circuito de reclamaci&oacute;n y respuesta donde recibir&aacute;s en tu correo un acuse de recibo acerca del estado de tu reclamaci&oacute;n, con un n&uacute;mero de expediente asignado.</p>]]></description>
			<guid isPermaLink="true">http://blog.justizia.net/quiero-poner-una-queja</guid>
			<pubDate><![CDATA[Fri, 9 Dec 2011 07:26:01 +0100]]></pubDate>
		</item>
		
		
		
		
		
		
		
		<item>
			<title><![CDATA[Justizia.net, mejor web de servicio a la ciudadanía en los Premios Buber 2011]]></title>
			<link>http://blog.justizia.net/justizianet-mejor-web-de-servicio-a-la-ciudadania-en</link>
			<description><![CDATA[<p>El portal p&uacute;blico de la Administraci&oacute;n de Justicia en Euskadi, Justizia.net, ha sido&nbsp;premiado&nbsp;en la categor&iacute;a de&nbsp;<strong>mejor web de servicio a la ciudadan&iacute;a</strong> en la 9&ordf; edici&oacute;n de los <strong>Premios Buber</strong>, celebrada ayer en la sede de EiTB de Bilbao.</p>
<p>El Director para la Modernizaci&oacute;n de la Administraci&oacute;n de Justicia, <strong>Jes&uacute;s Maria Garc&iacute;a Ar&eacute;jula</strong>, fue el encargado de recoger el galard&oacute;n. A la ceremonia tambi&eacute;n acudi&oacute; el responsable del Proyecto Justizia.net, <strong>Patxi S&aacute;ez</strong>, y el responsable Territorial de Inform&aacute;tica de Bizkaia, <strong>Cecilio Fern&aacute;ndez</strong>.</p>
<p>Este galard&oacute;n, que es ya un cl&aacute;sico dentro del mundo de <strong>internet en Euskadi</strong>,  premia tanto&nbsp;las p&aacute;ginas web que aportan un valor a la ciudadan&iacute;a, como  aquellos proyectos que por su potencia social merecen ser difundidos  como ejemplo del uso tecnol&oacute;gico en la sociedad.</p>
<p>En una primera  fase, fue el p&uacute;blico general el que con sus votaciones seleccion&oacute; las  webs favoritas entre las 200 propuestas presentadas. Despu&eacute;s, un jurado  de expertos&nbsp;eligi&oacute; a las tres webs finalistas de cada categor&iacute;a. Adem&aacute;s  de Justizia.net, las otras dos web finalistas en la categor&iacute;a de mejor  web de servicio a la ciudadan&iacute;a&nbsp;fueron <a href="http://www.tendumi.com">www.tendumi.com</a>, una completa gu&iacute;a de campings, y la web de la fundaci&oacute;n Why not? (<a href="http://www.fundacionwhynot.org">www.fundacionwhynot.org</a>).</p>
<p>Los galardonados en la 9&ordf; edici&oacute;n de los Premios Buber 2011 son:</p>
<ul>
    <li>Mejor blog o web corporativa: <a target="_blank" href="http://www.lasterketak.com">www.lasterketak.com</a></li>
    <li>Mejor aplicaci&oacute;n o web software libre: <a target="_blank" href="http://www.librezale.org">www.librezale.org</a></li>
    <li>Mejor web de comercio electr&oacute;nico: <a target="_blank" href="http://www.deskontu.com">www.deskontu.com</a></li>
    <li>Mejor web de servicios al ciudadano: <a target="_blank" href="http://www.justizia.net">www.justizia.net</a></li>
    <li>Mejor proyecto de innovaci&oacute;n: Babelium Project</li>
    <li>Mejor proyecto tecnol&oacute;gico en euskera: Kulturize</li>
    <li>Mejor proyecto start-up: Ideable</li>
    <li>Mejor proyecto a la internacionalizaci&oacute;n: Basque Culinary Center</li>
    <li>Mejor proyecto a la mejor campa&ntilde;a publicitaria: ilowcost</li>
    <li>Mejor proyecto solidario: EITB Maratoia</li>
</ul>]]></description>
			<guid isPermaLink="true">http://blog.justizia.net/justizianet-mejor-web-de-servicio-a-la-ciudadania-en</guid>
			<pubDate><![CDATA[Fri, 2 Dec 2011 11:05:43 +0100]]></pubDate>
		</item>
		
		
		
		
		
		
		
		<item>
			<title><![CDATA[Justizia.net, finalista en los Premios Buber 2011 como mejor web de servicio a la ciudadanía ]]></title>
			<link>http://blog.justizia.net/justizianet-finalista-en-los-premios-buber-2011-como</link>
			<description><![CDATA[<p>El portal p&uacute;blico de la Administraci&oacute;n de Justicia en Euskadi, <a href="http://www.justizia.net/inicio" target="_blank">Justizia.net</a>, ha sido seleccionado como uno de los tres finalistas en la categor&iacute;a de&nbsp; mejor web de servicio a la ciudadan&iacute;a en la 9&ordf; edici&oacute;n de los Premios Buber.</p>
<p>En una primera fase, fue el p&uacute;blico general el que con sus votaciones seleccion&oacute; las webs favoritas entre las 200 propuestas presentadas. Despu&eacute;s, un jurado de expertos ha elegido a las tres webs finalistas de cada categor&iacute;a. Adem&aacute;s de Justizia.net, las otras dos web finalistas en la categor&iacute;a de mejor web de servicio a la ciudadan&iacute;a son <a href="http://www.tendumi.com/" target="_blank">www.tendumi.com</a>, una completa gu&iacute;a de campings, y la web de la fundaci&oacute;n Why not? (<a href="http://www.fundacionwhynot.org" target="_blank">www.fundacionwhynot.org</a>).</p>
<p>El acto de entrega de estos galardones, organizados por la Asociaci&oacute;n Internet &amp; Euskadi, se celebrar&aacute; el <strong>1 de diciembre</strong> en Bilbao.</p>]]></description>
			<guid isPermaLink="true">http://blog.justizia.net/justizianet-finalista-en-los-premios-buber-2011-como</guid>
			<pubDate><![CDATA[Thu, 1 Dec 2011 08:37:12 +0100]]></pubDate>
		</item>
		
		
		
		
		
		
		
		<item>
			<title><![CDATA[¿Sabes cómo actuar ante una situación de violencia de género?]]></title>
			<link>http://blog.justizia.net/sabes-como-actuar-ante-una-situacion-de-violencia-de</link>
			<description><![CDATA[<p>Un a&ntilde;o m&aacute;s, el <strong>25 de noviembre</strong> se ha convertido en fecha de referencia en la lucha contra la violencia hacia las mujeres. Y un a&ntilde;o m&aacute;s tambi&eacute;n, las cifras son desgarradoras. En lo que llevamos de 2011, ha habido ya <strong>54 v&iacute;ctimas mortales</strong> por esta lacra, dos de ellas en el Pa&iacute;s Vasco.</p>
<p>S&oacute;lo 14 de esas v&iacute;ctimas hab&iacute;an denunciado a sus agresores y una de las mujeres muertas a manos de su pareja incluso hab&iacute;a retirado la denuncia.</p>
<p>Para acabar con estos datos demoledores es importante tener informaci&oacute;n. Saber c&oacute;mo actuar ante una situaci&oacute;n de violencia de g&eacute;nero, saber c&oacute;mo poner una denuncia, d&oacute;nde puedes dirigirte para recibir ayuda y c&oacute;mo identificar este tipo de situaciones.</p>
<p>Y es que no s&oacute;lo los golpes est&aacute;n considerados maltrato. Tambi&eacute;n hablamos de violencia de g&eacute;nero ante insultos, amenazas, vejaciones&hellip; De modo que si te encuentras en uno de estos casos o conoces a alguien que pudiese estar sufriendo violencia dom&eacute;stica, ya sea f&iacute;sica, ps&iacute;quica o psicol&oacute;gica, no lo dudes y den&uacute;ncialo.</p>
<p><strong>Presentar una denuncia</strong></p>
<p>Para presentar una denuncia puedes dirigirte a una <strong>comisar&iacute;a </strong>de la Ertzaintza o de la Polic&iacute;a Municipal o a un <strong>Juzgado de Guardia</strong>. Este tr&aacute;mite lo puede hacer tanto la v&iacute;ctima como la persona conocedora de la situaci&oacute;n.</p>
<p>Si la mujer ha sido agredida, es muy importante tener un <strong>parte m&eacute;dico</strong> que certifique las lesiones. Por eso, antes incluso de acudir a una comisar&iacute;a es aconsejable que la v&iacute;ctima se dirija al hospital m&aacute;s cercano para que certifiquen las lesiones que pudiera tener y, lo que es m&aacute;s prioritario, reciba una primera asistencia m&eacute;dica.</p>
<ul>
    <li>Si eres v&iacute;ctima de la violencia de g&eacute;nero o crees que alguien puede serlo, <a href="http://www.justizia.net/violencia-domestica" target="_blank">en Justizia.net puedes encontrar toda la informaci&oacute;n necesaria para saber c&oacute;mo actuar</a>.</li>
    <li>Y si necesitas <a href="http://www.justizia.net/presentar-denuncia/presencial" target="_blank">presentar una denuncia</a> o <a href="http://www.justizia.net/orden-proteccion/presencial" target="_blank">solicitar una orden de protecci&oacute;n</a>, en Justizia.net tambi&eacute;n te explicamos los pasos que debes seguir.</li>
    <li><a href="http://www.justizia.net/asistencia-victima/texto?id=1241021987725" target="_blank">Servicio de Asistencia a la V&iacute;ctima del Delito</a>.</li>
    <li>Si necesitas ayuda llama al 900 840 111.</li>
</ul>]]></description>
			<guid isPermaLink="true">http://blog.justizia.net/sabes-como-actuar-ante-una-situacion-de-violencia-de</guid>
			<pubDate><![CDATA[Thu, 24 Nov 2011 14:10:33 +0100]]></pubDate>
		</item>
		
		
		
		
		
		
		
		<item>
			<title><![CDATA[Un tipo de certificado para cada ocasión]]></title>
			<link>http://blog.justizia.net/un-tipo-de-certificado-para-cada-ocasion</link>
			<description><![CDATA[<p>Cuando se solicita una copia de un certificado de matrimonio, nacimiento, defunci&oacute;n o de fe de vida y estado muchas veces la gente <strong>desconoce qu&eacute; tipo de documento</strong> debe pedir. Y es que dependiendo del tr&aacute;mite que se vaya a realizar es necesario un modelo u otro.</p>
<p>Por ejemplo, no es lo mismo solicitar un certificado de nacimiento para empadronar a un reci&eacute;n nacido que para que le hagan por primera vez el DNI. Para el empadronamiento, los reci&eacute;n estrenados progenitores deben solicitar un certificado de nacimiento literal; sin embargo, para la expedici&oacute;n del DNI es necesario pedir un certificado especial mucho m&aacute;s completo.</p>
<p>A trav&eacute;s de <a target="_blank" href="http://www.justizia.net/servicios-tramites">Justizia.net</a> o en cualquiera de las oficinas de los <a target="_blank" href="http://www.justizia.net/atencion-al-publico">Registros Civiles o Juzgados de Paz</a> se pueden solicitar <strong>tres modelos distintos de certificados</strong>:</p>
<ul>
    <li><strong>Extracto de certificado</strong>: Es un resumen del hecho inscrito. Dentro de este tipo de certificados, se encuentra el internacional o pluriling&uuml;e.&nbsp; Se trata de un certificado que se expide en el idioma oficial de los pa&iacute;ses que han ratificado el Convenio de Viena de 8 de septiembre de 1976. Los pa&iacute;ses firmantes de dicho convenio son: Espa&ntilde;a, Alemania, Austria, B&eacute;lgica, Bosnia, Croacia, Eslovenia, Francia, Italia, Luxemburgo, Macedonia, Pa&iacute;ses Bajos, Portugal, Suiza, Turqu&iacute;a, Serbia y Montenegro. Los certificados pluriling&uuml;es o internacionales se utilizan para la realizaci&oacute;n de tr&aacute;mites en otros pa&iacute;ses. Este es el caso de las parejas que se quieren casar en Francia, por ejemplo, y uno de los futuros c&oacute;nyuges es espa&ntilde;ol y el otro franc&eacute;s. Para llevar a cabo todos los tr&aacute;mites del matrimonio, el c&oacute;nyuge espa&ntilde;ol deber&aacute; solicitar un certificado de nacimiento pluriling&uuml;e.</li>
    <li><strong>Certificado literal</strong>: Se trata de una copia literal de la inscripci&oacute;n de nacimiento, matrimonio o defunci&oacute;n. En este certificado est&aacute;n reflejados todos los datos relativos a la identidad de la persona y al hecho que se quiere acreditar. Por lo general, este es el tipo de certificado necesario para la gran mayor&iacute;a de los tr&aacute;mites (empadronamiento, inscripci&oacute;n de matrimonio, solicitud de la tarjeta m&eacute;dica, cambio de nombre...)</li>
    <li><strong>Certificado para DNI</strong>: Este modelo es exclusivo para la expedici&oacute;n del primer DNI de un ni&ntilde;o o ni&ntilde;a. Es un certificado de nacimiento mucho m&aacute;s completo que el literal y con un formato especial.</li>
</ul>
<p>En cualquier caso, sea cual sea el modelo certificado de matrimonio, nacimiento o defunci&oacute;n que necesites, recuerda que lo puedes pedir a trav&eacute;s de <a target="_blank" href="http://www.justizia.net/servicios-tramites">Justizia.net</a> y recibir gratuitamente en tu domicilio.</p>]]></description>
			<guid isPermaLink="true">http://blog.justizia.net/un-tipo-de-certificado-para-cada-ocasion</guid>
			<pubDate><![CDATA[Tue, 22 Nov 2011 10:45:22 +0100]]></pubDate>
		</item>
		
		
		
		
		
		
		
		<item>
			<title><![CDATA[Los becarios empiezan a cotizar a la Seguridad Social]]></title>
			<link>http://blog.justizia.net/los-becarios-empiezan-a-cotizar-a-la-seguridad-social</link>
			<description><![CDATA[<p>Desde el <strong>1 de noviembre</strong>, los becarios cotizan a la Seguridad Social. <strong>M&aacute;s de 30.000 j&oacute;venes se beneficiar&aacute;n</strong> de esta medida y se calcula que otros 200.000 podr&aacute;n optar a firmar un convenio especial por haber tenido la condici&oacute;n de becarios anteriormente.</p>
<p>Esta semana se ha publicado en el Bolet&iacute;n Oficial del Estado el <a href="http://www.justizia.net/servlet/Satellite?c=JNET_Documento_FA&amp;cid=1290166160097&amp;pagename=JustiziaNet%2FJNETEnlaceDocu" target="_blank">Real Decreto por el que se regula la inclusi&oacute;n en el R&eacute;gimen General de la Seguridad Social de las personas que participan en programas de formaci&oacute;n con pr&aacute;cticas remuneradas</a>.</p>
<p>Esta medida tiene tambi&eacute;n <strong>car&aacute;cter retroactivo</strong>; por lo tanto, todas las personas que hayan realizado pr&aacute;cticas remuneradas con anterioridad a la entrada en vigor de este Real Decreto podr&aacute;n acogerse a este convenio hasta acumular un m&aacute;ximo de dos a&ntilde;os de cotizaci&oacute;n. Para ello, basta con que presenten un certificado expedido por los organismos o empresa que hubiesen financiado ese programa formativo.</p>
<p>De modo que si actualmente eres un becario, &iexcl;enhorabuena! Ya<strong> has empezado a acumular a&ntilde;os de cara a tu jubilaci&oacute;n</strong> que, teniendo en cuenta la &uacute;ltima reforma laboral, puede no llegar hasta los 67 a&ntilde;os. Y si eres ya un ex becario, no lo dudes; solicita un certificado para acreditar tus pr&aacute;cticas y su inclusi&oacute;n en el R&eacute;gimen General de la Seguridad Social.</p>]]></description>
			<guid isPermaLink="true">http://blog.justizia.net/los-becarios-empiezan-a-cotizar-a-la-seguridad-social</guid>
			<pubDate><![CDATA[Fri, 4 Nov 2011 10:46:38 +0100]]></pubDate>
		</item>
		
		
		
		
		
		
		
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			<title><![CDATA[El Gobierno Vasco consigue un premio a las Buenas Prácticas en Justicia por sus planes de formación y de gestión del conocimiento]]></title>
			<link>http://blog.justizia.net/el-gobierno-vasco-consigue-un-premio-a-las-buenas</link>
			<description><![CDATA[<p>El Ministerio de Justicia ha premiado una iniciativa del Gobierno Vasco en la primera edici&oacute;n del <strong>Premio a las Buenas Pr&aacute;cticas en Justicia</strong>. El proyecto es una innovaci&oacute;n en el campo de la formaci&oacute;n y de la gesti&oacute;n del conocimiento entre el personal funcionario de la Administraci&oacute;n de Justicia, al que se la ha dotado de <strong>tutor&iacute;as personalizadas</strong> y cursos de <strong>formaci&oacute;n online</strong>.</p>
<p>Es algo que todos pensamos, y la Viceconsejer&iacute;a de Justicia del Gobierno Vasco lo ha tenido claro: una organizaci&oacute;n s&oacute;lo puede funcionar con par&aacute;metros de calidad si las personas que van a desempe&ntilde;ar unas determinadas funciones cuenta con la formaci&oacute;n adecuada a las funciones de su nuevo puesto de trabajo. Por eso, puso en marcha la experiencia que ha resultado premiada y que ha conseguido que el personal funcionario, sobre todo interino, desempe&ntilde;e sus tareas de forma eficiente desde un principio.</p>
<p><strong>Tutor&iacute;as y cursos online</strong></p>
<p>Cuando una persona se incorpora a un nuevo puesto de trabajo dentro de la Administraci&oacute;n de Justicia, y carece de experiencia en esa jurisdicci&oacute;n o materia, tiene la posibilidad de solicitar que otro compa&ntilde;ero le forme en las tareas concretas que debe realizar. Los <strong>tutores </strong>proceden de una Bolsa que se cre&oacute; al efecto, y en la que participan voluntariamente funcionarios que aportan su experiencia en algunas jurisdicciones concretas, y que se encargan de que el alumno aprenda lo m&aacute;s r&aacute;pidamente posible los fundamentos b&aacute;sicos de la jurisdicci&oacute;n y el desarrollo de las tareas a realizar en ese puesto.</p>
<p>Los <strong>cursos online</strong> est&aacute;n orientados b&aacute;sicamente a funcionarios interinos a los que van llamando de las bolsas de trabajo y que nunca han trabajado, o no el tiempo suficiente, en un puesto como el que se encuentra vacante. Para estas personas es obligatorio realizar un curso de formaci&oacute;n que se imparte en una plataforma<strong> e-learning</strong>.</p>
<p>Si quieres saber m&aacute;s sobre estos planes formativos, desarrollados por la Direcci&oacute;n de la Oficina Judicial y Fiscal, accede al apartado de la <a href="http://www.justizia.net/la-oficina-judicial/texto?id=1241022982296" target="_blank">Nueva Oficina Judicial en Justizia.net</a>. Y si est&aacute;s interesado en conocer todos los proyectos galardonados en la primera edici&oacute;n del Premio a las Buenas Pr&aacute;cticas en Justicia accede a la <a target="_blank" href="http://www.justizia.net/servlet/Satellite?c=JNET_Documento_FA&amp;cid=1290165956739&amp;pagename=JustiziaNet%2FJNETEnlaceDocu">Orden JUS/2652/2011, de 22 de septiembre</a>.</p>]]></description>
			<guid isPermaLink="true">http://blog.justizia.net/el-gobierno-vasco-consigue-un-premio-a-las-buenas</guid>
			<pubDate><![CDATA[Tue, 18 Oct 2011 09:35:05 +0200]]></pubDate>
		</item>
		
		
		
		
		
		
		
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			<title><![CDATA[Los certificados, a un click]]></title>
			<link>http://blog.justizia.net/los-certificados-a-un-click</link>
			<description><![CDATA[<p>En casa desde el sof&aacute;, en la oficina, en la biblioteca con el port&aacute;til o en el centro comercial. Da igual el lugar, s&oacute;lo se necesita un ordenador con conexi&oacute;n a Internet para conseguir los certificados requeridos en gestiones como el cambio de nombre y apellidos, el matrimonio civil e incluso para solicitar la nacionalidad. Y tan s&oacute;lo a un click.</p>
<p>De esta manera, los desplazamientos hasta el Registro Civil o Juzgado de Paz, el gasto que puede suponer esto, las colas frente a la ventanilla y los tiempos de espera correspondientes pasan a mejor vida. Nos encontramos as&iacute; ante un proceso en el que<strong> los servicios p&uacute;blicos se adaptan a las nuevas tecnolog&iacute;as</strong>, y la Administraci&oacute;n de Justicia de Euskadi no se queda atr&aacute;s.</p>
<p>Desde hace m&aacute;s de siete a&ntilde;os, se puede acceder a la p&aacute;gina web oficial, <a href="http://www.justizia.net" target="_blank">Justizia.net</a>, para solicitar, v&iacute;a on-line, los <a href="http://www.justizia.net/certificado-nacimiento" target="_blank">certificados de nacimiento</a>, <a href="http://www.justizia.net/certificado-matrimonio" target="_blank">matrimonio</a> y <a href="http://www.justizia.net/certificado-defuncion" target="_blank">defunci&oacute;n</a>. Tan s&oacute;lo en 2010 se realizaron 54.826 peticiones en toda Euskadi, de los cuales 31.217 fueron de nacimiento, 6.405 de matrimonio y 17.204 de defunci&oacute;n.</p>
<p>La ciudadan&iacute;a no es la &uacute;nica favorecida. Antes, el personal de los Registros Civiles y los Juzgados de Paz deb&iacute;a acudir al archivo, buscar en los libros, sacar la fotocopia cuando lo encontrara y certificarlo. Un trabajo que les ocupaba entre diez y quince minutos. Ahora, todos los certificados de nacimiento y matrimonio a partir de 1950 est&aacute;n digitalizados (los de defunci&oacute;n desde 2009), por lo que no tienen m&aacute;s que buscar en la base de datos, tarea que tardan un minuto en realizar.</p>
<p>Esto implica una reducci&oacute;n del tiempo de espera para las personas que acuden al Registro Civil. La demora ha pasado de una hora como m&iacute;nimo, a cinco minutos, dependiendo de la hora del d&iacute;a a la que lleguen.</p>]]></description>
			<guid isPermaLink="true">http://blog.justizia.net/los-certificados-a-un-click</guid>
			<pubDate><![CDATA[Fri, 14 Oct 2011 09:26:55 +0200]]></pubDate>
		</item>
		
		
		
		
		
		
		
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			<title><![CDATA[¿Por qué tiene que ser incomprensible para los ciudadanos de a pie el lenguaje jurídico?]]></title>
			<link>http://blog.justizia.net/por-que-tiene-que-ser-incomprensible-para-los</link>
			<description><![CDATA[<p>&ldquo;Una justicia moderna es una justicia que la ciudadan&iacute;a es capaz de <strong>comprender</strong>&rdquo;. Este es uno de los principales objetivos del informe sobre modernizaci&oacute;n del lenguaje jur&iacute;dico elaborado por un grupo de expertos.</p>
<p>El estudio, presentado recientemente por el Ministerio de Justicia, es una recopilaci&oacute;n de <strong>recomendaciones sobre compresi&oacute;n y correcci&oacute;n ling&uuml;&iacute;stica</strong> para mejorar la redacci&oacute;n de los escritos. Est&aacute; dirigido a abogados, procuradores, jueces, graduados sociales y al propio Ministerio de Justicia y entre sus p&aacute;ginas se pueden encontrar un sinf&iacute;n de ejemplos de lo que <strong>no se debe hacer</strong>.</p>
<p>Uno de los temas tratados en el informe es la <strong>gram&aacute;tica</strong>. Por ejemplo, es muy com&uacute;n que los juristas se olviden de los puntos cuando escriben un p&aacute;rrafo y redacten frases que parecen no terminar nunca:</p>
<p><em>&ldquo;Se sostiene por la parte actora que el sindicato USCA ha sido objeto de discriminaci&oacute;n, pero para que pueda apreciarse la existencia de esta situaci&oacute;n, lo primero que se precisa es que se fije un t&eacute;rmino comparativo, estableciendo respecto a qu&eacute; o a quien se discrimina, lo que omite la actora ya que se limita a referirse a que el comportamiento de la demandada constituye una exclusi&oacute;n y un rechazo de esta entidad sindical, con el prop&oacute;sito de entorpecer y desprestigiar la actividad sindical de USCA , y ello resulta sumamente dif&iacute;cil teniendo en cuenta que m&aacute;s del 95% de los controladores a&eacute;reos de AENA est&aacute;n afiliados a este sindicato.&rdquo;</em></p>
<p>Este tipo de p&aacute;rrafos son incomprensibles para cualquier persona. Se hace necesario leerlo al menos dos veces para entenderlo y todo porque en el texto faltan puntos, sobran comas&hellip; <br />
<br />
Otro tema que gusta mucho a los juristas es la utilizaci&oacute;n de <strong>locuciones latinas</strong>. Sobre este asunto, el informe lo tiene claro; es imprescindible evitarlas o, al menos, incluir su traducci&oacute;n entre par&eacute;ntesis:</p>
<ul>
    <li><em>Ab intestato (cuando alguien muere sin haber hecho testamento).</em></li>
    <li><em>Ad hoc (cuando una acci&oacute;n o un medio material es id&oacute;neo para alcanzar un fin determinado).</em></li>
    <li><em>De iure (de conformidad a las leyes).</em></li>
    <li><em>Iuris tantum (que admite prueba en contrario).</em></li>
</ul>
<p>En definitiva, est&aacute; claro que los textos jur&iacute;dicos nunca se van a redactar con el lenguaje de la calle. Estos textos deben ser muy <strong>precisos </strong>y para ello es imprescindible usar la terminolog&iacute;a jur&iacute;dica. Pero esto no significa que haya que hacer textos que en ocasiones parecen escritos en otro idioma. La ciudadan&iacute;a en general no posee conocimientos jur&iacute;dicos y los profesionales de la Justicia deben ponerse en su lugar cuando realicen escritos, formularios y cualquier otro texto que vayan a utilizar los ciudadanos de a pie.</p>
<p>Puedes consultar en la biblioteca de Justizia.net el <a href="http://www.justizia.net/servlet/Satellite?c=JNET_Documento_FA&amp;cid=1290165912446&amp;pagename=JustiziaNet%2FJNETEnlaceDocu" rel="external">informe completo sobre modernizaci&oacute;n del lenguaje jur&iacute;dico</a>.</p>]]></description>
			<guid isPermaLink="true">http://blog.justizia.net/por-que-tiene-que-ser-incomprensible-para-los</guid>
			<pubDate><![CDATA[Thu, 29 Sep 2011 09:10:24 +0200]]></pubDate>
		</item>
		
		
		
		
		
		
		
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			<title><![CDATA[Sí quiero ¡Pero con separación de bienes!]]></title>
			<link>http://blog.justizia.net/si-quiero-pero-con-separacion-de-bienes</link>
			<description><![CDATA[<p>En Espa&ntilde;a se registra un divorcio cada cuatro minutos, se trata de una cifra preocupante y m&aacute;s a&uacute;n en tiempos de crisis; ya que si no hay dinero para las hipotecas, menos dinero hay todav&iacute;a para pagar adem&aacute;s abogados y pensiones alimenticias.</p>
<p>Por eso, cada vez m&aacute;s parejas se interesan por la <strong>separaci&oacute;n de bienes</strong>. Esta opci&oacute;n es una manera de dejar las cosas claras desde el principio y simplificar las decisiones econ&oacute;micas ante un eventual divorcio.</p>
<p>Y &iquest;c&oacute;mo hay que actuar para acogerse a este r&eacute;gimen econ&oacute;mico?</p>
<p>Es muy sencillo. Para optar por la separaci&oacute;n de bienes es suficiente con otorgar <strong>capitulaciones matrimoniales</strong> ante Notario y, despu&eacute;s, acudir al Registro para inscribirlas. Este tr&aacute;mite se puede hacer antes o despu&eacute;s de la celebraci&oacute;n del matrimonio.<br />
&nbsp;</p>]]></description>
			<guid isPermaLink="true">http://blog.justizia.net/si-quiero-pero-con-separacion-de-bienes</guid>
			<pubDate><![CDATA[Fri, 16 Sep 2011 09:40:25 +0200]]></pubDate>
		</item>
		
		
		
		
		
		
		
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			<title><![CDATA[Copago en Justicia ¿Sí o no? ]]></title>
			<link>http://blog.justizia.net/copago-en-justicia-si-o-no-</link>
			<description><![CDATA[<p>Hace unas semanas se abri&oacute; la veda sobre el debate del copago en Justicia. Fue el consejero de de Justicia y Bienestar Social de la Comunidad Valenciana, Jorge Carb&eacute;, quien lanz&oacute; la propuesta de que todas las personas o empresas que acudan a la Justicia paguen por ello una tasa extra. Para Carb&eacute;, esta incitativa ser&iacute;a bien acogida por los afectados porque as&iacute; se conseguir&iacute;a agilizar el proceso.</p>
<p>Sin embargo, a lo largo de estas semanas han sido muchas las voces que se han pronunciado en contra de esta propuesta.</p>
<p><strong>&iquest;Qu&eacute; supone el copago?</strong></p>
<p>El copago judicial consiste en que cada ciudadano, empresa o cualquiera que sea el usuario de la Justicia abone una tasa por su uso. El objetivo de esta medida es, en primer lugar, agilizar los pleitos y disuadir a quienes hacen un mal uso de este servicio; y en segundo lugar, ahorrar.</p>
<p>Pero, &iquest;qui&eacute;n se beneficia con esta medida? Parece que los representantes pol&iacute;ticos y la judicatura en general lo tienen claro. El m&aacute;s perjudicado ser&aacute; siempre el ciudadano de a pie que puede llegar a ver mermado un derecho fundamental como es el derecho al acceso a la Justicia; por el contrario, a las grandes empresas con sus equipos de abogados y su importante patrimonio apenas les supondr&iacute;a un esfuerzo abonar esa tasa.</p>
<p>&iquest;Y t&uacute; qu&eacute; opinas? &iquest;Crees necesario que la Justicia la paguemos entre todos o te parece m&aacute;s justo que los usuarios de la misma abonen una tasa especial?</p>]]></description>
			<guid isPermaLink="true">http://blog.justizia.net/copago-en-justicia-si-o-no-</guid>
			<pubDate><![CDATA[Wed, 7 Sep 2011 08:40:45 +0200]]></pubDate>
		</item>
		
		
		
		
		
		
		
		<item>
			<title><![CDATA[El Libro de familia, un tesoro con fecha de caducidad]]></title>
			<link>http://blog.justizia.net/el-libro-de-familia-un-tesoro-con-fecha-de-caducidad</link>
			<description><![CDATA[<p>El matrimonio, los hijos e hijas, el divorcio, las defunciones&hellip; toda tu vida queda registrada en el Libro de Familia.</p>
<p>Te lo dan cuando contraes matrimonio o, si no est&aacute;s casado, cuando tienes el primer hijo. Si lo pierdes, el Registro Civil o el Juzgado de Paz te da un duplicado y si te vuelves a casar y tienes otro hijo o hija con tu nueva pareja te dan otro Libro de Familia.</p>
<p>Tantos a&ntilde;os conservando este libro, que siempre desaparece misteriosamente de su caj&oacute;n cuando m&aacute;s lo necesitas&hellip;, y ahora va a desaparecer de verdad. La Reforma del Registro Civil tiene previsto suprimir el Libro de Familia y sustituirlo por un n&uacute;mero personal que identifique a cada ciudadano y en el que se incluyan todos los acontecimientos de su vida.</p>
<p>Este c&oacute;digo nos facilitar&aacute; la vida, ya no ser&aacute; necesario solicitar certificados para realizar un sinf&iacute;n de tr&aacute;mites, pero tambi&eacute;n da pena pensar que se va a perder la entra&ntilde;able imagen de los dos reci&eacute;n casados que acuden al Registro a recoger su Libro o la pareja que va con su peque&ntilde;o reci&eacute;n nacido a inscribir en el Libro de Familia a su primog&eacute;nito.</p>]]></description>
			<guid isPermaLink="true">http://blog.justizia.net/el-libro-de-familia-un-tesoro-con-fecha-de-caducidad</guid>
			<pubDate><![CDATA[Tue, 30 Aug 2011 11:44:19 +0200]]></pubDate>
		</item>
		
		
		
		
		
		
		
		<item>
			<title><![CDATA[Cómo solicitar un certificado sin conocer la fecha o el lugar de nacimiento]]></title>
			<link>http://blog.justizia.net/como-solicitar-un-certificado-sin-conocer-la-fecha-o-el</link>
			<description><![CDATA[<p>A lo largo de la vida, las personas necesitan certificados de nacimiento para multitud de tr&aacute;mites (para contraer matrimonio, para el empadronamiento, para inscribir el nacimiento de un hijo, para solicitar la nacionalidad espa&ntilde;ola, para pedir determinadas ayudas&hellip;)</p>
<p>Solicitar un certificado de nacimiento es una tarea sencilla si conoces la fecha y el lugar de nacimiento. En esos casos basta con que hagas la solicitud en el Registro Civil o Juzgado de Paz en el que est&eacute; inscrito el nacimiento y te dar&aacute;n el certificado al momento. Tambi&eacute;n, es posible hacer la <a href="http://www.justizia.net/certificado-nacimiento" rel="external" class="linkexterno">solicitud on line desde Justizia.net</a> y pedir que te env&iacute;en el certificado a tu propio domicilio.</p>
<p>Pero, si no sabes el lugar o la fecha exacta en la que naci&oacute; tu pariente &iquest;qu&eacute; se puede hacer? En este caso existe la posibilidad de acudir a los Archivos Diocesanos para obtener la partida bautismal y, a partir de ah&iacute;, averiguar la fecha y el lugar de nacimiento.</p>
<p>Adem&aacute;s, como la Ley del Registro Civil es de 1870, las partidas bautismales que puedes conseguir a trav&eacute;s de los Archivos Diocesanos son v&aacute;lidas tambi&eacute;n para acreditar los nacimientos anteriores a esa fecha.</p>
<ul>
    <li><a href="http://mendezmende.org/es/" rel="external" class="linkexterno">Archivo Hist&oacute;rico Diocesano de San Sebasti&aacute;n</a></li>
    <li><a href="http://www.ahdv-geah.org/" rel="external" class="linkexterno">Archivo Hist&oacute;rico Diocesano de Vitoria</a></li>
    <li><a href="http://www.aheb-beha.org/" rel="external" class="linkexterno">Archivo Hist&oacute;rico Eclesi&aacute;stico de Bizkaia</a></li>
</ul>]]></description>
			<guid isPermaLink="true">http://blog.justizia.net/como-solicitar-un-certificado-sin-conocer-la-fecha-o-el</guid>
			<pubDate><![CDATA[Tue, 23 Aug 2011 10:12:13 +0200]]></pubDate>
		</item>
		
		
		
		
		
		
		
		<item>
			<title><![CDATA[Las claves de la reforma del Registro Civil]]></title>
			<link>http://blog.justizia.net/las-claves-de-la-reforma-del-registro-civil</link>
			<description><![CDATA[<p>El pasado 14 de julio qued&oacute; aprobada definitivamente la <a rel="external" href="http://www.justizia.net/servlet/Satellite?blobcol=urldata&amp;blobheader=application%2Fpdf&amp;blobheadername1=Content-Disposition&amp;blobheadervalue1=filename%3D828%2F257%2F1261-ley-202011-de-21-de-julio-del-registro-civil.pdf&amp;blobkey=id&amp;blobtable=MungoBlobs&amp;blobwhere=1290507563619&amp;ssbinary=true" class="linkexterno">nueva Ley del Registro Civil</a>. El actual sistema registral data de 1957 y era necesaria ya una reforma que, entre otras cosas, adaptase el Registro a las nuevas tecnolog&iacute;as.</p>
<p>Esta reforma, que entrar&aacute; en vigor dentro de tres a&ntilde;os (en 2014), ha supuesto la digitalizaci&oacute;n de todos los libros de los Registros Civiles en los que se hac&iacute;an las inscripciones de nacimiento, matrimonio, defunci&oacute;n&hellip; Estos libros dejan de tener utilidad como tal y pasan ahora a ser Patrimonio Hist&oacute;rico Espa&ntilde;ol.</p>
<p>Las <strong>principales modificaciones</strong> que contempla la nueva Ley son:</p>
<ul>
    <li><strong>Orden de los apellidos</strong>: se suprime la prevalencia del apellido paterno frente al materno y ser&aacute;n los progenitores quienes decidan el orden. Si no llegan a un acuerdo, ser&aacute; la persona encargada del Registro Civil quien decida.</li>
    <li><strong>Cambio de apellidos</strong> en los casos de violencia de g&eacute;nero: Se reconoce el derecho al cambio de apellidos a las v&iacute;ctimas de violencia de g&eacute;nero y a sus descendientes.</li>
    <li><strong>Un </strong><strong>Registro &uacute;nico</strong>: ya no es necesario que la persona acuda al Registro donde inscribi&oacute; el hecho para realizar sus gestiones. Desde su casa o en cualquier Registro podr&aacute; solicitar la informaci&oacute;n que necesite ya que cada persona tendr&aacute; un &uacute;nico registro individual en el que se inscribir&aacute;n todos los hechos relativos a su vida civil.</li>
    <li><strong>Adi&oacute;s al Libro de Familia</strong>: ser&aacute; sustituido por certificaciones registrales.</li>
    <li><strong>Pluralidad ling&uuml;&iacute;stica</strong>: se podr&aacute;n obtener certificaciones biling&uuml;es.</li>
    <li><strong>Adquisici&oacute;n de la personalidad</strong>: se modifica el art&iacute;culo 30 del C&oacute;digo Civil. Ya no es necesario que el reci&eacute;n nacido tenga &ldquo;forma humana&rdquo; y viva m&aacute;s de 24 horas separado del seno materno para que se le reconozca como persona. Ahora, la personalidad se adquiere desde el mismo momento del nacimiento.</li>
</ul>
<p>En <a rel="external" href="http://www.justizia.net/registro-civil/texto?id=1290165316722">Justizia.net</a> puedes conocer m&aacute;s detalladamente todos los cambios que implica la nueva Ley del Registro Civil.</p>]]></description>
			<guid isPermaLink="true">http://blog.justizia.net/las-claves-de-la-reforma-del-registro-civil</guid>
			<pubDate><![CDATA[Tue, 16 Aug 2011 09:27:10 +0200]]></pubDate>
		</item>
		
		
		
		
		
		
		
		<item>
			<title><![CDATA[Bodas en alta mar ¿realidad o ficción?]]></title>
			<link>http://blog.justizia.net/bodas-en-alta-mar-realidad-o-ficcion-2</link>
			<description><![CDATA[<p>Son muchas las parejas que pretenden que su boda sea la m&aacute;s original de todas. Buscan el restaurante m&aacute;s espectacular, las flores m&aacute;s llamativas, los trajes m&aacute;s especiales y un lugar de pel&iacute;cula para la ceremonia.</p>
<p>Celebrar la boda en alta mar es un rom&aacute;ntico sue&ntilde;o para algunos contrayentes, pero lo cierto es que se trata m&aacute;s bien de una escena de pel&iacute;cula que de una posibilidad. Y es que en realidad, los y las capitanes de barco &uacute;nicamente pueden celebrar bodas civiles en alta mar cuando uno de los miembros de la pareja est&eacute; en peligro de muerte. Y como comprender&aacute;n, puede que sea algo rom&aacute;ntico, pero no creo que se trate precisamente de la situaci&oacute;n id&iacute;lica que est&eacute;n buscando los novios.</p>]]></description>
			<guid isPermaLink="true">http://blog.justizia.net/bodas-en-alta-mar-realidad-o-ficcion-2</guid>
			<pubDate><![CDATA[Tue, 2 Aug 2011 11:19:20 +0200]]></pubDate>
		</item>
		
		
		
		
		
		
		
		<item>
			<title><![CDATA[¿Pongo como primer apellido el del padre o el de la madre?]]></title>
			<link>http://blog.justizia.net/pongo-como-primer-apellido-el-del-padre-o-el-de-la-2</link>
			<description><![CDATA[<p>Hasta no hace mucho tiempo, &eacute;sta era una cuesti&oacute;n que muy poca gente se planteaba. En primer lugar, porque la sociedad no estaba preparada para que un ni&ntilde;o llevase como primer apellido el de la madre; y en segundo lugar, porque la Ley ni lo permit&iacute;a.</p>
<p>Sin embargo, <a target="_blank" href="http://www.boe.es/aeboe/consultas/bases_datos/doc.php?coleccion=iberlex&amp;id=2000/03842">desde febrero de 2000</a> la Ley del Registro Civil ofrece a padres y madres la posibilidad de elegir cu&aacute;l va a ser el primer apellido de su hijo. Y ah&iacute; es donde comienzan muchas discusiones entre los futuros progenitores pero, sobre todo, con sus propias familias, o mejor dicho, con el padre del padre, es decir, con el futuro abuelo del ni&ntilde;o, que ve c&oacute;mo su nieto no va a llevar el apellido familiar. A parte de estas implicaciones emocionales, el hecho de poner a un hijo como primer apellido el de la madre no supone ning&uacute;n problema ante la Ley. Es s&oacute;lo una decisi&oacute;n personal de los progenitores de la criatura, que muchas veces se toma para, por ejemplo, que no se pierda el apellido de la madre si &eacute;sta s&oacute;lo tiene hermanas o para que el reci&eacute;n nacido lleve el apellido de la familia materna si &eacute;ste es m&aacute;s peculiar que el del padre.</p>]]></description>
			<guid isPermaLink="true">http://blog.justizia.net/pongo-como-primer-apellido-el-del-padre-o-el-de-la-2</guid>
			<pubDate><![CDATA[Mon, 1 Aug 2011 08:49:06 +0200]]></pubDate>
		</item>
		
		
		
		
		
		
		
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			<title><![CDATA[Presentación]]></title>
			<link>http://blog.justizia.net/presentacion-5</link>
			<description><![CDATA[<p>Hoy nace el blog de <strong>Justizia.net</strong>, un espacio en el que <strong>semanalmente</strong>  hablaremos sobre aquellos temas relacionados con la Justicia que m&aacute;s  nos afectan. Entre otros asuntos, abordaremos cuestiones como los  problemas a la hora de inscribir el nacimiento de un hijo, c&oacute;mo obtener  la nacionalidad espa&ntilde;ola, d&oacute;nde acudir para solicitar una copia de una  sentencia, los pasos que debes seguir para celebrar una boda o c&oacute;mo  cambiar el orden de tus apellidos.</p>
<p>En definitiva, un <strong>punto de encuentro </strong>para expresar nuestras <strong>inquietudes</strong>  sobre la multitud de tr&aacute;mites que a lo largo de la vida se realizan en  los Palacios de Justicia, Registros Civiles o Juzgados de Paz. Adem&aacute;s,  este blog tambi&eacute;n est&aacute; dirigido a todos los<strong> profesionales de Justicia</strong>,&nbsp;  para que puedan acceder de primera mano a aquellos temas que mayor  inter&eacute;s suscitan entre la ciudadan&iacute;a en general y, al mismo tiempo,  hagan sus propios comentarios sobre los post que semanalmente  publiquemos.</p>
<p>&iexcl;Os damos la bienvenida al blog de Justizia.net y esperamos vuestra participaci&oacute;n!</p>]]></description>
			<guid isPermaLink="true">http://blog.justizia.net/presentacion-5</guid>
			<pubDate><![CDATA[Thu, 28 Jul 2011 11:19:17 +0200]]></pubDate>
		</item>
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